martes, 2 de octubre de 2012

PRIMERO EL INTERÉS GENERAL: Pueblos de Fumigados de Santa Fe entregarán más firmas


Comunicado de prensa

PRIMERO EL INTERÉS GENERAL

Y siguen llegando firmas...

Vecinos y organizaciones de la provincia que integran la Campaña "Paren de Fumigarnos", comparecieron ante la presidencia de la Cámara de Senadores para solicitar audiencia a efectos de la entrega, el próximo 4 de octubre, de una segunda tanda de firmas de ciudadanos que avalan el petitorio de los Pueblos Fumigados en reclamo, entre otros, de la prohibición de las fumigaciones aéreas y el alejamiento de las terrestres al menos 800 metros de poblaciones y zonas sensibles.

Además se hizo entrega de una formal petición requiriendo la lista de senadores y senadoras con participación personal, familiar o societaria en emprendimientos de carácter comercial con fines de lucro, relacionados con actividades agropecuarias o que pudieran verse afectadas por la nueva Ley regulatoria del uso de agroquímcos.
La posición que esgriman los senadores con intereses comerciales personales, societarios o familiares a tales actividades se encontrarán en claro conflicto de intereses, toda vez que sus competencias públicas tendrán relación directa con sus negocios y actividades privadas o de familiares. 

La Ley 25.188 de carácter nacional y su correlato provincial, la ley 13.230, de Ética en el Ejercicio de la Función Pública, establecen en su articulado los deberes de todas las personas que se desempeñen en la función pública incluidas aquéllas que lo hagan “por elección popular”, entre ellas velar en todos sus actos por los intereses del Estado Provincial, orientados a la satisfacción del bienestar general, privilegiando el interés público sobre el particular”, y en caso de producirse un “conflicto de intereses” el funcionario deberá excusarse (art. 2, inc. I, ley 13.230).

Alertan los vecinos sobre la importancia de contar con dicha información ya que la ley sanciona con la nulidad absoluta a los actos llevados a cabo en contravención con dichas incompatibilidades sin perjuicio de las responsabilidades personales que pudieran corresponder, teniendo en cuenta que la ley nacional 28.188 modificó el Código Penal estableciendo que “
será reprimido con reclusión o prisión de uno a seis años e inhabilitación especial perpetua, el funcionario público que, directamente, por persona interpuesta o por acto simulado, se interesare en miras de un beneficio propio o de un tercero, en cualquier contrato u operación en que intervenga en razón de su cargo.”

Si bien se conocen algunas situaciones particulares, elementales criterios de seriedad imponen que una voz oficial de la Cámara sea quien proporcione la información fehaciente, a efectos también de evitar generalizaciones inapropiadas.
Por último reclaman al presidente del Senado que solicite a los senadores y senadoras que se encuentren en tales condiciones su abstención en la votación de los Proyectos de Ley tendientes a modificar la ley 11.273 y que su eventual participación lo sea únicamente como integrantes de las distintas instancias civiles de la sociedad.
En archivo adjunto se envía la nota presentada en la presidencia del Senado santafecino.


Santa fe, 30 de setiembre de 2012.-
Campaña “Paren de Fumigarnos” - Mov. De Pueblos Fumigados de Santa Fe.

Para mas información:
Daniel Romano - Comisión Regional de DDHH – San Lorenzo – 3416258581 -
Eduardo Rossi – El Grito del Barrio Malvinas - Rosario – 3415778721 -
Paulina Riera – ADECI - Santa Fe – 3424771254 -

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