martes, 11 de enero de 2011

Casilda: 500 metros para fumigación con mosquito, 1000 para aviones


11-01-2011 La Región - La Capital

Determinan el límite urbano y la franja no fumigable en Casilda

Por Gustavo Orellano / La Capital
Casilda.— El Concejo casildense sancionó una ordenanza que fija el límite de la planta urbana y, a partir de allí, la franja no fumigable en zonas agrícolas que lindan con la población.
La norma prohíbe la aplicación dentro de la ciudad de cualquier tipo de agroquímicos, excepto la utilización, cuando la situación así lo amerite, de productos con fines sanitarios. Y estable que sólo se podrán realizar fumigaciones aéreas con fitosanitarios a partir de los mil metros desde el límite urbano mientras que para las aplicaciones terrestres el espacio vedado es de 500 metros.

Permiso y receta. No obstante los productores deberán pedir autorización a la Municipalidad con 48 horas de antelación, presentar la receta agronómica. Una vez obtenido el permiso, la aplicación tendrá que realizarse con equipos matriculados y ante la presencia del personal municipal que deberá evaluar las condiciones climáticas para la ejecución de tal práctica.
Los propietarios de equipos de fumigación aéreas o terrestres que no cuenten con matriculación y la habilitación pertinente, de acuerdo a la legislación vigente, tendrán un plazo máximo de un año para obtenerla.
Sin “mosquitos” en Casilda. La ordenanza también impide la circulación dentro del radio urbano de máquinas autopropulsoras y de arrastre, como por ejemplo los denominados “mosquitos”. Sólo se admitirá el acceso, previa autorización del municipio y en forma excepcional, para efectuar reparaciones con un limitado tiempo de permanencia además de constatarse que el equipo esté completamente vacío y lavado a fin de prevenir posibles derrames.
Asimismo queda prohibido en todo el distrito de la ciudad la venta y disposición final de envases vacíos de agroquímicos. En ese sentido, la Municipalidad habilitará lugares de acopio para tales recipientes que serán remitidos por los productores o comercializadores luego de ser lavados. Los envases almacenados serán trasladados para su disposición final a establecimientos autorizados.
Quienes incumplan la norma serán sancionados con multas que van de 500 a 25 mil unidades fijas (UF), cuya valor de cada una equivale al costo de un litro de nafta super. Para la implementación y control de la flamante ordenanza, el Ejecutivo está autorizado a suscribir convenios de colaboración con la Dirección General de Sanidad Vegetal del Ministerio de la Producción de la provincia. Asimismo deberá promover la implementación de cortinas forestales a lo largo del límite urbano y la adopción de prácticas de agricultura certificada con capacitaciones periódicas para los productores.
La ordenanza permite regular las fumigaciones con agroquímicos, lo cual era una materia pendiente, de acuerdo a la ley provincial 11.273. Entre los fundamentos de la norma se aclara que “si bien esta norma significa un importante avance no invalida la aplicación en el futuro de nuevas medidas”.
Media sanción. En ese sentido cabe recordar que la Cámara de Diputados provincial dio media sanción a un proyecto que modifica algunos artículos de la ley 11.273 y sólo resta ser tratado en el Senado para su aprobación.
Pero más allá de esta situación, los ediles casildenses consideran que la ordenanza local contribuye a “una efectiva regulación de la aplicación de agroquímicos en la ciudad, protegiendo de forma sustancial a vecinos que viven en las cercanías de lotes dedicados a la producción agropecuaria”.

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