miércoles, 13 de julio de 2011

Arroz, fumigaciones y mirar para otro lado

CHACO DIA POR DIA - 13/07/2011
 
Dictamen de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas

Afirman que el Ejecutivo no cumplió con la ley de Biocidas

Lo señala un dictamen en base a una denuncia contra las arroceras de La Leonesa y Las Palmas por daño a la salud y contaminación ambiental. Instó a los Ministerios de Producción y de Salud Pública a subsanar y revertir las consecuencias.
A pocas horas de la audiencia pública en la que se analizarán distintas iniciativas parlamentarias que tienen por objeto la modificación de la ley de Biocidas, un dictamen de la Fiscalía de Investigaciones Administrativas (FIA) ratificó que el Estado provincial, a través de los Ministerios de Producción y Ambiente y de Salud Pública, no ha cumplimentado esa normativa provincial que regula el uso y destino de agrotóxicos en el Chaco, que lleva el número 3378. Así lo determinó el fiscal Héctor Miró en una resolución firmada el 24 de junio último a la que tuvo acceso CHACO DIA POR DIA en base a denuncias realizadas por daños a la salud humana y contaminación ambiental en las arroceras ubicadas en La Leonesa y Las Palmas. 

A la par, el titular de la FIA instó a las autoridades competentes a instrumentar de manera urgente la realización de estudios científicos adecuados para determinar el grado de contaminación provocado por los agroquímicos o biocidas utilizados para la explotación de arroz de aplicación aérea y/o terrestre y el nivel de afecciones a la salud humana, vegetal y el medio ambiente y adoptar las medidas urgentes para revertirlas y subsanarlas. 

El dictamen

“El Estado Provincial a través de los Ministerios de Producción y Ambiente y de Salud Pública no ha cumplimentado la Ley Provincial Nº3378 y su Decreto Reglamentario Nro. 454/89, respecto de la aplicación de agroquímicos o biocidas utilizados para la explotación de arroz en forma aérea y/o terrestre y su incidencia en la salud y medioambiente, por parte de las empresas San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A. en el Departamento Bermejo”, señala el dictamen en su parte resolutiva. Y agrega que “ni ha instado o arbitrado los medios para subsanar dicha omisión pese a la gravedad y trascendencia de los hechos, a fin de adoptar medidas conducentes para evitar la contaminación, de modo de proteger la salud humana, animal y vegetal y preservar el medio ambiente y que con dicha inacción ha incumplido además los artículos 36 y 38 de la Constitución Provincial”. 

El caso de La Leonesa, repetido por todo el interior

“La contaminación y el peligro ambiental producido por la aplicación de agroquímicos y biocidas utilizados en la fumigación realizada por las arroceras se encuentran verosímilmente demostradas”, sostiene en otro pasaje el dictamen de la FIA, y cita las pruebas incorporadas a la causa, así como también las extraídas de las causas judiciales, el informe de la Comisión Investigadora de Contaminantes del Agua de Chaco “de las que surge irrefutablemente el grave peligro ambiental en cuanto a la contaminación existente por el uso de los biocidas o agroquímicos en particular el glifosato utilizados por las empresas arroceras San Carlos S.R.L. y Cancha Larga S.A”. Asimismo, subraya que lo señalado “se extiende a similares actividades agrícolas que se desarrollan con la explotación de la soja” en otras localidades del Chaco como Gancedo, Napenay, Santa Sylvina, Tres Isletas, Avia Terai, Colonia Elisa, etcétera “en las que no existe adecuada distancia entre los asentamientos poblacionales y las explotaciones agropecuarias, existiendo denuncias concretas por parte de médicos, pobladores y organizaciones de productores de contaminación ambiental, afecciones a la salud e incumplimiento de la ley de Biocidas. 

El origen de la denuncia

En base a publicaciones periodísticas en las cuales la delegada del Ministerio de Salud de la Nación, Dra. Ana Lía Otaño, advertía sobre los graves perjuicios que dichos emprendimientos arroceros ocasionaban a la salud de los pobladores y vecinos, a esas explotaciones y al medio ambiente, las diputadas aliancistas Clelia Avila, Delia González y María Dolores Cristófani solicitaron a la FIA que investigue los hechos para determinar si existía responsabilidad de funcionarios públicos ante las denuncias por el posible daño a la salud humana y contaminación ambiental. 

“Pese a las innumerables denuncias, advertencias, conclusiones e incluso acuerdos de las distintas áreas y organismos intervinientes, no se han hecho efectivos estudios ni efectivizadas medidas tendientes a determinar los daños producidos al ambiente, la salud humana animal y vegetal y su paliativo, por lo menos hasta el 10 de junio de 2011, ya que no se han podido lograr informes actualizados hasta el presente”, sostiene el dictamen del fiscal Miró. 

Conclusiones de FIA

El dictamen concluye que de las pruebas reunidas “surge en forma indudable que en la zona de influencia en la que se encuentran instaladas las arroceras denunciadas, se han incrementado notablemente desde su radicación los graves trastornos de salud en la población no nata, infantil y adulta, tal como surge, entre otros, de los informes del CABIN, la testimonial del Dr. Lucero, el informe del Comandante Capitán César Medina de la Fuerza Aérea Argentina, el informe de Dirección de Salud Ambiental, el informe de la Universidad del Litoral, en especial de las conclusiones de la Comisión Provincial del Agua”. Y puntualiza que “es evidente la responsabilidad del Estado Provincial en cuanto al incumplimiento de la ley 3378 y su decreto, responsabilidad que recae prima facie en el titular de la Dirección de Agricultura, Departamento de Sanidad Vegetal”. 

Por último, la FIA recomienda la realización de estudios científicos sobre el grado de contaminación causados por agroquímicos como el glifosato utilizados en la producción arrocera con el objetivo de para revertir y subsanar las consecuencias adversas. Y considera que la aplicación de la legislación vigente (ley de Biocidas) “aparejaría un notorio mejoramiento de las adversas condiciones que se acreditan y que fueran denunciadas por pobladores, productores e investigadores cuyas secuelas fueron reconocidas y prevenidas por la justicia a través de las medidas cautelares dictadas”. Esto último en referencia a la decisión de la justicia provincial –ratificada en segunda instancia- de prohibir las fumigaciones aéreas a determinada distancias de los lugares poblados, las escuelas rurales y los cursos de agua cercanos a las arroceras del Departamento Bermejo.

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