jueves, 4 de agosto de 2011

Vecinos de Ceres en el Concejo Deliberante: pidieron reforma de ordenanza sobre fumigaciones

 Vecinos autoconvocados se reunieron con el Concejo Deliberante para tratar la reforma de la ordenanza sobre los agrotóxicos.


El petitorio fue acompañado por más  de 350 firmas
 de ceresinos y más de 25 avales institucionales

El martes 2 de agosto se realizó, tal como estaba prevista, la audiencia del Concejo Deliberante de Ceres con el grupo de vecinos de Ceres, quienes presentaron una nueva propuesta de ordenanza (ver al final) que reemplace a la ya existente respecto a la utilización, transporte, acopio y venta de agrotóxicos y de las maquinarias fumigadoras. Todo el cuerpo legislativo presente, acompañado por los recientemente electos Massento y Balzarinni, con más de una quincena de vecinos y estando presente también vecinos de Hersilia, quienes trabajan mancomunadamente en esta problemática ya que entienden que esta es de carácter regional, se dieron al diálogo contando sus preocupaciones y el por qué de este petitorio.
Si bien ya se cuenta con una ordenanza desde el 2004, que adhiere a la Ley Nº 12 273 de Fitosanitarios de la provincia, carece, según los vecinos autoconvocados, de datos explícitos que ayudarían para que quienes deben cumplirla, la entiendan con simpleza y sin margen de errores. Dentro de la misma existen algunas peticiones que tienen que ver, más que con la ley provincial (cuya reforma ha sido boicoteada por el Senado), con el fallo de San Jorge, donde el Juez Tristán Martínez establece que se dejen libres de toda fumigación con mosquitos: 800 m. a partir de la línea agronómica y 1 500 m. para aviones.
Otro punto importante es la creación de una oficina o ente municipal con personal y financiamiento para  desarrollar tareas de prevención (como se hiciera con la utilización de cascos), de propaganda y educación, de control, de investigación y estudio de la problemática, articulando con otros actores como universidades, instituciones ligadas al agro, escuelas, hospital, entre otros.
A la vez, se reiteró el importante papel de los médicos y del hospital en el relevamiento de datos, preguntando e incorporando en las historias clínicas todo lo que tenga que ver con posibles enfermedades por contactos con pesticidas, la utilización del formulario C2 y la adhesión al Programa de Control y Prevención de Intoxicaciones del Ministerio de Salud de la Nación.
El grupo de vecinos contó la experiencia de recorrer casa por casa más de 10 barrios de la ciudad y de hacer charlas en ellos, constatando la cantidad de casos de enfermedades y dolencias relacionadas a esta problemática. También se escuchó el testimonio de uno de los damnificados, quien sobrelleva tres intervenciones quirúrgicas que salvaron su vida, aunque sigue padeciendo otros males.
Los concejales explicitaron su voluntad de trabajar sobre el tema, dejando en claro que el cumplimiento de la ordenanza que ya existe, y de la que se promulgue, corre por cuenta del ejecutivo municipal, a la vez que explicitaron un plan de acción para abordar la problemática indicando que se reunirán con los diferentes actores comprometidos en este tema. Porque si vamos ha hacer una nueva ordenanza, tendremos que hacerlo con el conocimiento de todas las partes, aseveraron.
Los vecinos pidieron racionalidad y que un gran paso sería dejar de ver en la ciudad: mosquitos fumigadores guardados o lavándose, estacionados o circulando. Que no haya más recicladoras de envases de agrotóxicos dentro del ejido urbano (hay dos actualmente). Que se sanee el basural donde se queman o quedan expuestos cantidad de bidones, incluso con veneno (se pidió que se contemple en la ordenanza, que los responsables de los bidones sean las empresas que los venden. Si alguien compra de un producto, 20 bidones, los devuelve vacíos e inutilizados a la empresa expendedora  para que esta se encargue de devolverlos a quien se los proveyó). Que se respeten los barrios de las periferias y no se fumigue en los campos cercanos a ellas, a la vez que proponen generar cursos de formación y que el Estado facilite, a los productores que lo deseen, la incursión a una producción orgánica agroecológica. Si el mundo necesita comida, produzcamos comida buena y no soja, que no lo es, y ni siquiera buena, se dijo. Ceres se puede posicionar, a largo plazo, como productora de alimentos sanos, que es la mayor demanda mundial, y no esperar el futuro con sus tierras y aguas en mal estado y una población deteriorada en su salud.
También fue dejado a los concejales de ambos bloques, un C.D. con 90 documentos, de universidades, estudios científicos, testimonios, leyes, fallos judiciales, videos y datos de otros modos de producir que no son sólo sustentables y rentables sino que además generan más trabajo y más salud. Esto, a fin de que los ediles puedan contar con una parte de la vasta información que existe al respecto. A propósito de ello, se nombraron las realizadas por el Dr. Andrés Carrasco, quien demostró en experiencias con pollos y ranas, con dosis 5000 veces menores a las utilizadas en campo, que el glifosato produce malformaciones en los embriones. Se adjunta a la investigación de Erik Seralini, de Francia, quien demostró cómo el glifosato puede penetrar la placenta materna y llega al feto. Sumadas a las de Robert Bellé, que prueban cómo el mismo veneno incide en la cancerización. Se compartieron los datos oficiales del Ministerio de Salud de la provincia de Chaco, sobre el aumento del 300 % de cánceres infantiles y el 400 % de nacimiento con malformaciones relacionados a esto.
Todos coincidieron en que una de las cosas más difíciles de lograr es la concientización, y que con eso sólo no basta, hay que avanzar con hechos.
La audiencia concluyó después de 2 horas de debate e intercambio de opiniones e informaciones, quedando el compromiso del Concejo para seguir trabajando en pos de perfeccionar la ordenanza vigente.

Adjuntamos, a renglón siguiente, el petitorio elevado al Concejo, firmado por más de 360 vecinos y avalado por más de 25 instituciones de la ciudad.
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Al honorable concejo municipal:    
  Nos dirigimos a ustedes con el fin de exigirles una inmediata reforma de la ordenanza municipal Nº 883/04, ya que la que rige actualmente está desactualizada en relación a los acontecimientos sociales, culturales, jurídicos y científicos que se fueron dando desde el momento en que se promulgo la misma en el año 2004, hasta la actualidad. Para ello les enviamos una serie de ítems para que consideren en la realización de la misma, a todo esto le adjuntamos una serie de material grafico y audiovisual que argumenta lo requerido y revela nuestra postura ante esta petición que consideramos de vital importancia para defender la salud de nuestra comunidad.

                                                A los fines de la misma solicitamos una respuesta por este medio a la dirección calle San Lorenzo 173 de la ciudad de Ceres, por cualquier consulta comunicarse al teléfono 03491-15505912.
                                                Sin más que agregar aprovechamos para saludarlos muy atentamente.
                               
 VECINOS AUTOCONVOCADOS DE CERES
Pedimos:

* La creación de una oficina publica para ejercer un control pleno  de todo lo concernirte a la ley provincial de fitosanitarios Nº 11.273, el decreto reglamentario de productos fitosanitarios Nº 552/97, anexos B y C del decreto 552/97 y la ordenanza municipal de Ceres Nº 883/04. La misma deberá disponer de un teléfono 0800 y una guardia pasiva disponible las 24 hs. para denunciar, asesorarse, informarse, etc. (en este punto, los vecinos ahondaron en la propuesta extendiendo la creación de dicha oficina a las cuestiones ambientales en gral y que pueda cumplir tareas de capacitación y formación, desarrollar o pedir investigaciones sobre las implicancias de los plaguicidas en la ciudad, en el campo, etc, en coordinación con otras instituciones)

* El restablecimiento de nuevos límites del ejido urbano contemplando el crecimiento actual y a futuro para determinar la correcta delimitación de la línea agronómica.

* La prohibición total de aplicaciones aéreas, terrestres y manuales de productos fitosanitarios dentro del ejido urbano, contemplándose también lugares de producción de plantas como los son los viveros públicos y privados, excepcionalmente se  podrán hacer aplicaciones con productos domisanitarios para el control de vectores en caso de que la salud de la población este en riesgo, para ello deberán comunicar previamente a toda la comunidad unas 48 hs antes,

* Que la instauración de los limites de fumigación con productos fitosanitarios de clase toxicológica C y D (banda verde) se establezcan de acuerdo a lo que dictamino el juez Tristan Martínez en la ciudad santafesina de San Jorge: “resuelve la prohibición total de fumigar a menos de 800 metros de viviendas familiares (si el método utilizado es terrestre) y 1500 metros (si la aspersión es con avioneta)” fechada el 21 de febrero de 2011.
En el caso de que las fumigaciones se hagan con productos fitosanitarios de clase toxicológica A y B, prohíbase la aplicación aérea dentro de un radio de 2000 metros como lo indica la ley Provincial Nº 11.273. Y si la aplicación es terrestre que se ajuste a lo que decidió el Juez tristan Martínez en la ciudad de San Jorge provincia de Santa Fe (Prohíbase la fumigación dentro de un radio de 800 metros del limite urbano).

* Que los mismos límites de fumigaciones aéreas, terrestres y manuales establecidos para proteger la ciudad, se implementen  también a partir de los establecimientos educativos rurales, viviendas familiares, centros recreativos, parques industriales, etc.

* La prohibición de toda circulación o permanencia de equipos fumigadores (mosquitos y de arrastre) en la ciudad. Solo podrán   ingresar en casos excepcionales (para reparación), para ello deberán reportarse ante la oficina pública correspondiente para que estos verifiquen el cumplimiento de ciertos requisitos que constan de: tres lavados de tanque y un lavado total externo, sellado de picos y delineamiento de una ruta apropiada para el ingreso de estos implementos. Todo esto certificado por un ingeniero agrónomo autorizado.

* Se prohíba la radicación de depósitos tanto de productos fitosanitarios como de sus envases vacíos dentro del ejido urbano y del área de resguardo ambiental  ya sea para su comercialización, reciclaje, limpieza, o cualquier otro uso. (Que de los envases vacíos se encarguen las empresas que los expenden)

*  Exíjase La creación de cortinas forestales y pulmones verdes con especies autóctonas en los límites urbanos y dentro del área de 800 metros libre de fumigaciones, a través de convenios con los propietarios de los campos afectados por ley provincial de fitosanitarios Nº 11.273, el decreto reglamentario de productos fitosanitarios Nº 552/97, anexos B y C del decreto 552/97 y la ordenanza municipal de Ceres Nº 883/04  

* Exigir la matriculación y habilitación visible de vehículos de transporte y de aplicación de productos de fitosanitarios. Como así también la de todas aquellas personas que se dediquen a comercializar, reciclar, aplicar, limpiar productos fitosanitarios y sus envases.

*Que se abra un registro donde los productores deban denunciar todas las aplicaciones con productos fitosanitarios que se realicen dentro del radio comprendido entre los 800 y 2000 metros del límite urbano. Precisando con 48 hs de antelación el producto utilizado, lugar, fecha y hora. Juntamente deberán presentar la correspondiente receta agronómica  provista por un ingeniero agrónomo autorizado.

Exigir el hospital de Ceres que adhiera al programa nacional de prevención y control de intoxicaciones por plaguicidas.

* Que se brinde asesoramiento, capacitación y respaldo técnico gratuito sobre métodos de producción agroecológica a todos aquellos productores que se vean afectados por ley provincial de fitosanitarios Nº 11.273, el decreto reglamentario de productos fitosanitarios Nº 552/97, anexos B y C del decreto 552/97 y la ordenanza municipal de Ceres Nº 883/04

* Que la violación de los artículos de la presente ordenanza se sancione con  multas equivalentes al valor de 1000 a 25000 lts de gas oil, en el caso de reincidencia de violaciones que se aplique como medida de sanción la inhabilitación.  
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Para quienes deseen más información van algunas direcciones de la Web:

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