NUEVAMENTE:

 PRODUCTORES RURALES A JUICIO POR CONTAMINACIÓN



Están acusados de fumigar con agroquímicos PROHIBIDOS. 
Son seis productores periurbanos de Córdoba que vendían su producción al Mercado de Abasto de Córdoba.
 “Después de” la actuación de la Justicia, se montó un laboratorio para analizar verduras.

Deberán responder en juicio oral y público, en Fuero Penal, por envenenamiento de verduras (envenenamiento de sustancias alimentarias), con penas de tres a 10 años de prisión.

Están acusados de utilizar agroquímicos prohibidos y/o de usarlos por ­encima del nivel permitido. Estos son endosulfán, metamidofós, cipermetrina y deltametrina.



REFLEXIONES:




Por análisis: Los venenos no fueron detectados por ver/denunciar las fumigaciones, sino por realizar controles de oficio sobre las verduras.

Porque están debidamente advertidos: Todas las prohibiciones figuran en la Resolución 256 de 2003 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa), modificada por la Resolución 507 de 2008 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación.

Porque saben lo que hacen: los productores im­putados tenían conocimiento de las actuales prohibicionespor haber realizado elcurso obligatorio de buenas prácticas agrícolas que dicta la Direc­ción de Ferias y Mercados de la Municipalidad de Córdoba.

Porque es necesario retornar a Controles anulados por la Corporación: con peritos de la Policía Judicial se montó un laboratorio comunal para monitorear la calidad de las verduras.
Porque los controles son “tardíos”: No habrá eficiencia si los resultados llegan después…, después que la verdura ya está en los puntos de venta, o si los resultados del muestreo no son informados.

Porque son genocidas, aunque parezcan funcionarios o agricultores: Según Senasa, todos los mercados mayoristas deben velar por la calidad de sus alimentos, siendo responsable de esto los municipios.

Porque conviene recordar a estos delincuentes: Artículo 200 del Código Penal: “será reprimido con reclusión o prisión de 3 a 10 años, el que envenenare o adulterare, de un modo peligroso para la salud, aguas potables o sustancias alimenticias o medicinales, destinadas al uso o al consumo” de personas.