Por Osvaldo Flores / La Capital
Pavón.— La comuna local prohibió la aplicación de productos fitosanitarios en forma aérea a menos de 3 mil metros de las zonas urbanizadas y la fumigación con equipos terrestres a menos de 500 metros. Además, tampoco se permitirá la aplicación por cualquier medio de los productos DDVP, Dimetoato, Endosulfan, Metadinofos, Clorpirifos, Fenitrotion, Pirimicarb y 24D. La norma dictada por el jefe comunal José López contempla fuertes multas para las violaciones a esta norma.
“Esta es una ordenanza que ha sido muy reclamada por los vecinos, y que vamos a aplicar con todo el rigor que el tema merece. Esta norma es de mayor alcance entre las que conocemos de otros distritos santafesinos, y hace especial hincapié en el cuidado de la salud y el bienestar de los vecinos”, aseguró López.
En ese contexto, la ordenanza sancionada fija una zona de exclusión de 3 mil metros para las fumigaciones por medios aéreos, y de 500 metros para las aplicaciones terrestres, tanto para las zonas urbanizadas como para los cursos superficiales de agua que atraviesan el distrito.
La norma fija que los productores que apliquen fitosanitarios a sus sembrados deberán designar un regente técnico, usar productos permitidos por la legislación vigente, y presentar un formulario de aplicación a la comuna con 48 horas de anticipación al trabajo.
Por su parte, personal comunal podrá fiscalizar personalmente las tareas de fumigación, y estará autorizado a extraer muestras del contenido de los tanques de los equipos de aplicación para ser analizados en un laboratorio. Para las violaciones a esta norma se prevén multas equivalentes al valor de 3 mil litros de gasoil, que se duplicarán en casos de reincidencia de aplicadores o productores.
“Esta es una preocupación de todas las localidades rurales. En ese marco, contratamos personal técnico y requerimos al asesoramiento del Ministerio de la Producción de la provincia para formular adecuadamente la ordenanza que ahora está en vigencia”, señaló el presidente comunal José López.
“Hemos convocado a todos los productores de la zona para explicarles pormenorizadamente los alcances de la ordenanza. Luego hicimos lo propio con los vecinos, en una charla que contó con la participación de integrantes del Centro Ecologista Renacer, de Villa Constitución”, añadió el mandatario.
En consonancia con lo fijado por la ley provincial 11.273, la normativa comunal prohíbe arrojar los envases utilizados de productos fitosanitarios en la vía pública o en cursos de agua, y su acopio en la zona urbana. “Estos envases deberán limpiarse con el sistema de triple lavado y luego ser inutilizados mediante cortes. Hasta tanto la provincia resuelva el destino final, los envases deberán se acopiados en los campos donde fueron utilizados”, explicó López
“Esta es una ordenanza que ha sido muy reclamada por los vecinos, y que vamos a aplicar con todo el rigor que el tema merece. Esta norma es de mayor alcance entre las que conocemos de otros distritos santafesinos, y hace especial hincapié en el cuidado de la salud y el bienestar de los vecinos”, aseguró López.
En ese contexto, la ordenanza sancionada fija una zona de exclusión de 3 mil metros para las fumigaciones por medios aéreos, y de 500 metros para las aplicaciones terrestres, tanto para las zonas urbanizadas como para los cursos superficiales de agua que atraviesan el distrito.
La norma fija que los productores que apliquen fitosanitarios a sus sembrados deberán designar un regente técnico, usar productos permitidos por la legislación vigente, y presentar un formulario de aplicación a la comuna con 48 horas de anticipación al trabajo.
Por su parte, personal comunal podrá fiscalizar personalmente las tareas de fumigación, y estará autorizado a extraer muestras del contenido de los tanques de los equipos de aplicación para ser analizados en un laboratorio. Para las violaciones a esta norma se prevén multas equivalentes al valor de 3 mil litros de gasoil, que se duplicarán en casos de reincidencia de aplicadores o productores.
“Esta es una preocupación de todas las localidades rurales. En ese marco, contratamos personal técnico y requerimos al asesoramiento del Ministerio de la Producción de la provincia para formular adecuadamente la ordenanza que ahora está en vigencia”, señaló el presidente comunal José López.
“Hemos convocado a todos los productores de la zona para explicarles pormenorizadamente los alcances de la ordenanza. Luego hicimos lo propio con los vecinos, en una charla que contó con la participación de integrantes del Centro Ecologista Renacer, de Villa Constitución”, añadió el mandatario.
En consonancia con lo fijado por la ley provincial 11.273, la normativa comunal prohíbe arrojar los envases utilizados de productos fitosanitarios en la vía pública o en cursos de agua, y su acopio en la zona urbana. “Estos envases deberán limpiarse con el sistema de triple lavado y luego ser inutilizados mediante cortes. Hasta tanto la provincia resuelva el destino final, los envases deberán se acopiados en los campos donde fueron utilizados”, explicó López
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