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Los legisladores provinciales Enrique Asbert y Silvia Rivero impulsan modificar algunos artículos de la Ley de Agroquímicos. En su propuesta instan a erradicar las pulverizaciones con aviones y limitar las terrestres.Un proyecto que ingresará a la Legislatura Provincial esta semana propone prohibir las fumigaciones aéreas de productos químicos o biológicos de uso agropecuario en todo el territorio cordobés.La iniciativa es impulsada por los legisladores Enrique Asbert y Silvia Rivero, del bloque Concertación Plural, quienes procuran lograr modificaciones a la actual Ley Provincial de Agroquímicos N0 9.164 y, entre otros puntos, el más trascendente resulta el referido al artículo 58, sobre la prohibición de aplicaciones aéreas de productos químicos o biológicos de uso agropecuario.
De acuerdo al proyecto se propone que el mismo sea más estricto a la hora de fijar prohibiciones planteando de plano erradicar la aplicación aérea de productos, salvo casos excepcionales, como la necesidad de hacer pulverizaciones con fines sanitarios que lleven a cabo organismos del Estado (por ejemplo, en la actualidad en caso del dengue).
El artículo, de modificarse, quedaría redactado de la siguiente manera: “Prohíbese la aplicación aérea de productos químicos o biológicos de uso agropecuario.
Excepcionalmente podrá hacerse aplicación aérea de productos químicos o biológicos, siempre que este método de aplicación resulte el único viable o el de menor impacto negativo para la salud humana y el medio ambiente, en relación con el método de aplicación terrestre”.
Los legisladores fundamentan la necesidad de acotar las pulverizaciones aéreas en el hecho de que un alto porcentaje del producto que se esparce deriva hacia zonas muy alejadas que pueden estar pobladas, y por ende generar problemas a la salud humana.
“La magnitud de la deriva es máxima a partir de la fumigación aérea en la cual típicamente se pierde un 40% del pesticida aplicado”. Este porcentaje, según los legisladores, puede llegar a distancias considerables y mucho más allá del “área blanco”, es decir del sector afectado a la tarea de fumigacón. Y profundizan en su concepto señalando: “Varios de los pesticidas de extenso uso se encuentran con frecuencia muy lejos del sitio de su aplicación y en concentraciones bastante mayores a los niveles de exposición aguda o crónica considerados seguros por las 193 agencias reglamentadoras”.
Otro aspecto, aunque no contemplado en este proyecto, es que para las pulverizaciones aéreas algunos trabajadores actúan de banderilleros para marcar los sectores a tratar, y al estar en tierra sobre el recorrido del avión terminan rociados con los productos.
El proyecto plantea, a su vez, la necesidad de que en caso de las pulverizaciones aéreas que puedan ser autorizadas “en ningún caso deben realizarse a menos de mil quinietos metros del límite material de centros poblados de cualquier magnitud, parques, zonas escolares, áreas deportivas, hospitales o en geneal afectando recursos hídricos de cualquier naturaleza”.
Por otra parte, en cuanto a la fumigación terrestre también Asbert y Rivero proponen ampliar el contenido del artículo 59 de la Ley de Agroquímicos, incorporando en éste la prohibición de aplicación terrestre dentro de un radio de 1.500 metros del límite de centros urbanos e instituciones públicas. Agregando, además, que por este método “sólo podrán aplicarse productos químicos o biológicos aptos para su aplicación terrestre”.
obre las sanciones
Por otra parte, los legisladores provinciales consideran que a la hora de la sanciones para aquellos que infrinjan la ley se debe ser más estricto y no quedarse sólo en un llamado de atención, apercibimiento o multa.
Es así que piden que se modifique el artículo 54, incorporando al mismo las siguientes sanciones: “Suspensión de la inscripción en el registro correspondiente (de aplicadores); interdicción de predios; decomiso de los productos; mercaderías contaminadas, elementos utilizados para violar la ley; y obligación de disponer a su costa, quien infringe la ley, de los productos decomisados”.
Consideran los ediles que la aplicación de multas no tendría su efecto, porque puede ser incorporada a las distintas estructuras de costos por los infractores, y por lo tanto no cumpliría con su efecto de castigo. Sí el hecho de decomiso, clausura y quita de permisos para seguir trabajando.
Preocupación en la región
En los últimos tiempos el debate sobre los agroquímicos y los riesgos que estos conllevan para la salud humana se volvió a instalar en la mayoría de los pueblos de la región, lo cual obligó a los municipios no sólo a adherir a la ley provincial N0 9.146 sino además generar sus propios cuerpos de leyes que se ajusten a la realidad de cada comunidad.
Es el caso de Sampacho, donde tiempo atrás se dictó una ordenanza que impide la circulación de equipos mosquitos por el sector urbano y fija límites para depósitos. Se suma ahora Vicuña Mackenna (ver aparte), así como también en Las Perdices donde vecinos y autoridades procuran trabajar juntos para evitar el uso indiscriminado de productos químicos para fumigaciones.
Patricia Rossia
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