miércoles, 2 de octubre de 2013

El cáncer que nos asola no viene acaso de políticas tóxicas

Si tenés cáncer y luchas contra él, la gente te llama héroe, te dice "que fuerza que tiene, que valor, lo admiro tanto". Si luchas por el cáncer de tu hijo, la gente se compadece de vos, hace campañas a tu favor, y el intendente se saca una foto con tu hijo.
Pero si luchas por el cáncer de mil personas, por el futuro cáncer de un millón de personas, la gente te llama Ambientalista, mucha gente se molesta de tus acciones, el gobierno te manda a reprimir, la policía disfruta de hacerlo, y los medios te echan la culpa de la violencia.
Que cosa rara, no?
(Marcor) — con Soledad Iparraguirre y Soledad Barruti.
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EL VALOR EPISTEMICO DE LA DEMOCRACIA (A proposito de la represion en Malvinas Argentinas -Cordoba-).

El dia 30 de setiembre de 2013, en el Partido de Malvinas Argentinas (Prov. de Cordoba) el gobierno provincial intento desalojar a casi un centenar de vecinos y manifestantes preocupados por la instalacion de una planta de produccion de semillas trasgenicas de la empresa multinacional Monsanto Argentina SAIC en aquella localidad.

Si bien es cierto que la justicia en un fallo judicial muy contradictorio del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Cordoba revoco una decision judicial que habia ordenado la suspension de las obras de dicha planta, no menos cierto es que es inconstrastable conforme surge de la propia decision judicial y de la normativa local "especial" dictada para el proyecto, que el mismo no posee un debido estudio de impacto ambiental habiendose omitido en el procedimiento administrativo de la autorizacion del proyecto en cuestion, la participacion ciudadana conforme lo establecen las leyes ambientales.-

Los reclamos socioambientales en la Argentina presentan de modo uniforme una raiz de base univoca, que no es sino la exigencia de que se respete un derecho constitucional: la participacion ciudadana en los procesos de decision del estado en cuestiones que involucran a bienes colectivos como lo es el Ambiente.-

La democracia no empieza ni termina en la emision de los votos y eleccion de autoridades. El voto es la legitimacion de la eleccion de las autoridades (representantes). Pero en materia ambiental el ejercicio democratico de gobernar tambien debe legitimarse -ineludiblemente- con la participacion activa de la ciudadania. Se trata de un derecho de raigambre constitucional.

Con la reforma del año 1994 de la carta magna es inobjetable que la misma propugna un modelo de democracia material sustantiva que se sustenta en practicas directas donde la legitimacion del accionar del estado en ciertas aereas como la ambiental se perfecciona inequivocamente con la prevision de una instancia obligatoria de participacion ciudadana. Esa directriz en verdad surge de la propia filosofia liberal de nuestra constitucion donde la construccion democratica adquiere fortaleza cuando se profundiza su valor epistemico: la mayor participacion posible. Mayor participacion, mayor discusion, mayor cantidad de actores y partes, mayor consenso.

En consonancia con esa filosofia y en la tematica estrictamente ambiental, las leyes reglamenterias son muy claras al garantizar la participacion ciudadana. Asi la ley 24.375 que importo la aprobación del Convenio sobre la Diversidad Biológica en el art 14 consagra que se permitirá la participación del público en los procedimientos que se exija la evaluación del impacto ambiental en los proyectos que puedan tener efectos adversos importantes para la diversidad biológica con miras a evitar o reducir al mínimo esos efectos.

Que a su vez dicha participación se constituye como un objetivo de la estrategia nacional sobre la diversidad biológica adoptada por la resolución Nro 91/2003 (reglamentaciónde la ley 24375) de la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable del Ministerio deDesarrollo Social la cual establece en el capitulo XIII que “un adecuado régimen de EIA es aquel que además promueve la participación en el proceso, deaquellos grupos sociales involucrados y/o afectados por este tipo de proyectos. Es conveniente impulsar mecanismos institucionales para promover que la información que se obtenga y se genere a partir de dichas prácticas, sea puesta a disposición del público, mediante,entre otros mecanismos, su incorporación al Sistema de Información Ambiental Nacional.

En sintonía la Ley General del Ambiente (LGA) 25675 consagra los presupuestos mínimos en la materia que nos ocupa reconociendo y consolidando el derecho que se muestra conculcado por laresolución en crisis, el cual se muestra claramente como un objetivo de lapolítica ambiental nacional fomentar la participación social en los procesos de toma de decisión (Art2 inc. C LGA).

En concordancia con dicho objetivo seestablece en el art artículo 19 de laLGA que toda persona tiene derecho a opinar en procedimientos administrativos que se relacionen con la preservación y protección del ambiente, que sean de incidencia general o particular, y de alcance general. de aquellosgrupos sociales involucrados y/o afectados por este tipo de proyectos

Luego en elartículo 20 se prescribe las autoridades deberán institucionalizar procedimientos de consultas o audiencias públicas como instancias obligatorias para la autorización de aquellas actividades que puedan generar efectos negativos y significativos sobre el ambiente. La opinión u objeción de los participantes no será vinculante para las autoridades convocantes; pero en caso de que éstas presenten opinión contraria a los resultados alcanzados en la audiencia o consulta pública deberán fundamentarlay hacerla pública.

Y por último elarticulo 21 dispone que la participación ciudadana deberá asegurarse, principalmente, en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental y en los planes y programas de ordenamiento ambiental del territorio, en particular, en las etapas de planificación y evaluación de resultados.

Por lo tanto la consulta y audiencia publica previa son dos herramientas de la democracia material y sustantiva que obligan a las autoridades a convocar a la ciudadania para que emita su opinion en toda accion de gobierno que conlleve autorizaciones para radicar industrias, permitir exploraciones del suelo, uso del agua y emision de gases a la astmofera etc.

Sin embargo, desde el mismo momento de la reforma constitucional en el año 1994, la praxis constitucional argentina ha ido en contramano de esas directrices en casi todas las cuestiones socioambientales existentes en diversos puntos del pais, lo observamos en el Vial Costero (Vicente Lopez) Deforestacion (Salta y Jujuy) Famatina (La Rioja), La Alumbrera (Tucuman), las Represas (Misiones), Vaca Muerta (Neuquen), La Greta (Chubut) Dragado del Puerto (Bahia Blanca) las intercuencas (Gran Bs As) la Costa Atlantica (Prov De Bs As) y las inversiones inmobiliarias (Ciudad de Bs As) donde el denominador comun a ha sido justamente soslayar la participacion ciudadana.

Esas acciones de los gobiernos son ilegales y propugnan una anomia de la constitucion y la democracia sustantiva y material cuyo valor epistemico reside justamente en que todas las decisiones surgan de una discusion que contenga a la mayor cantidad de actores y componentes de la sociedad.

Audiencia publica y participacion ciudadana es lo que esta subyacente en el reclamo de Malvinas Argentinas Cordoba.

Frente a ello los poderes del estado continuan consecuentes y nos proponen un circulo vicioso con sus incumplimientos. En efecto, no permiten la participacion ciudadana en decisiones que afectan directamente a la ciudadania y ante el reclamo de esta ultima por tal omision, el estado hace uso de la violencia para profundizar esa anomia constitucional evidente y palpable que es justamente lo que motiva intrinsecamente el reclamo de los manifestantes para que su consentimiento sea considerado, ese consentimiento, que en sabias palabras de Carlos Santiago Nino, es la piedra basal del valor epistemico que la democracia posee.

A continuacion publicamos un reporte fotografico fiel de Marco Rostagno de los hechos acaecidos en Malvinas Argentinas Cordoba el dia 30 de Setiembre de 2013 que gentilmente nos ha autorizado su publicacion.
























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Dario Aranda

La Corporación*


Monsanto es la multinacional de semillas y agroquímicos más poderosa del mundo. Cuenta con apoyo político y rentabilidad millonaria, y su modelo implica corrimiento de la frontera agropecuaria, desalojos rurales, desmontes y masivo uso de agroquímicos. Su desembarco en Córdoba de la mano de la Presidenta y del Gobernador, maíz para agrocombustibles, la nueva ley de semillas y la profundización del modelo.
Por Darío Aranda

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