martes, 15 de abril de 2014

Rafaela: "Amigos de la vida" insiste con el tratamiento de ordenanza sobre agrotóxicos

09/03/2014 - LOCALES
LAS FUMIGACIONES, LA PRODUCCION AGRICOLA Y EL MEDIOAMBIENTE

http://www.diariolaopinion.com.ar/Sitio/VerNoticia.aspx?s=0&i=115984
Agroquímicos: "Amigos de la Vida" quiere que se retome el debate
La ONG ambientalista se dirigió al Concejo para solicitarle que se retome el debate. Se mostraron a favor de la prohibición de la fumigación aérea, y de la aplicación de los productos denominados “sumamente peligrosos”. Asimismo, ratifican su propuesta de elevar de 200 a 800 metros como mínimo el límite agronómico –basado en fallos judiciales- y pretenden que en la ordenanza se incorporen medidas de estímulo para la producción agroecológica.
El pasado miércoles, la ONG ambientalista "Amigos de la Vida" presentó en el Concejo Municipal una nota solicitando que se retome el debate por los agroquímicos a lo largo del presente año legislativo, que comenzó el pasado jueves.
El tema viene de hace larga data y pese a que hubo pequeños avances, no se logró concretar el mayor anhelo de la entidad: la ampliación de la línea agronómica, pasando de los actuales 200 metros a lo que ellos pretenden: 800 metros. Vale destacar que se mostraron a favor de la prohibición de la fumigación aérea, y de la aplicación de los productos denominados “sumamente peligrosos”. Asimismo, pretenden que en la ordenanza se incorporen medidas de estímulo para la producción agroecológica.
Vale destacar que esta nota se da a semanas de que se denunciara la aplicación de productos fitosanitarios o agroquímicos a metros de barrios en el norte de nuestra ciudad.
La extensa nota señala que "esta Asociación “Amigos de la Vida” tiene presente que sigue pendiente, en ese cuerpo legislativo, la consideración definitiva del proyecto de Ordenanza – muy bien planteado por un bloque oficialista de ese entonces, que propuso cambios en la normativa actual que regula las aplicaciones de agroquímicos. Reiteramos aquí nuestro reconocimiento por convocarnos a participar, el 18/06/2013, de aquella reunión conjunta en que se puso en debate ese proyecto modificatorio. Como era deseable y lógico, considerando que es materia compleja (es un emblemático caso de conflicto de atendibles intereses), se había optado por invitar a otros sectores para escuchar sus puntos de vista y avanzar así en la búsqueda de un consenso".
La nota, firmada por Sergio Ambroggi y Pablo Williner (Secretario y Presidente de la ONG, respectivamente) agrega que "muy lejos de nuestro ánimo cualquier pretensión de intentar 'marcarle agenda' a ese cuerpo legislativo, aspiramos sí en cambio a que el mismo llegue a un dictamen favorable sobre la necesidad de introducir reformas en las normativas vigentes". "Será importante que, ahora con nueva conformación, a la brevedad posible ese Concejo retome esa discusión", agregan.
"Cuando casi concluye ya otra campaña más de cosecha gruesa, continuamos bajo el marco regulatorio de la Ordenanza Municipal rafaelina Nº 3600, aprobada el 21 de agosto de 2003 - hará pronto 11 años -, complementada en parte con los decretos Nº 22.507 y 30.023. Durante el tiempo transcurrido hasta la fecha se ha incrementado este proceso de agriculturización intensiva e industrial, dependiente cada vez más de paquetes tecnológicos fundados en gran medida en la utilización de químicos cuyo uso y abuso conlleva crecientes problemas ambientales. Todo lo cual aconseja debatir e incorporar modificaciones , tal como aquella iniciativa proponía", sostienen.
"Con vistas a una próxima reanudación de ese debate, es nuestro deber de ambientalistas reiterar algunos puntos de vista, que podrán tomarse como sugerencias y aportes técnicos de 'Amigos de la Vida' y que cuentan además con el apoyo de instituciones sociales y de agrupaciones afines, nucleadas en la multisectorial 'Paren de Fumigarnos' a lo largo de esta provincia. Si tomamos como referencia algunos puntos de aquel proyecto debatido, podemos expresar lo siguiente:
1) Prohibición total de la aplicación aérea en todo el Distrito Rafaela: Aplaudimos esa iniciativa y aspiramos a que se mantenga ese criterio como uno de los puntos salientes. Como en ese Consejo no se ignora, coincide ello con la expresa prohibición según la Directiva 2009/128 CE del Consejo y el Parlamento Europeo, así como, entre muchas otras, las dictadas por el Concejo Deliberante para el partido de Marcos Paz (Bs.As.) en septiembre de 2012 o por la intendencia de Canelones (Uruguay), amén de diversos proyectos en carpeta en muchas localidades. La objeción principal contra ese sistema de aplicación es la prácticamente inevitable “deriva” a cierta distancia del lote tratado. Puesto que en la aspersión se forma una nube, compuesta por fínísimas gotas del producto, que antes de caer a la superficie queda un tiempo suspendida, así suele ser arrastrada hasta considerable distancia aún por ligeras brisas; ni hablar si hay vientos aún apenas superiores a los l5 km/h . Diferencias de temperatura y densidad del aire a cierta altura (por el fenómeno climático de inversión térmica) multiplican gravemente esa deriva. Además de la necesidad de un estricto seguimiento (y de una alta responsabilidad social de productores, aplicadores, agentes municipales de control y asesores agronómicos), consideramos muy plausible la intención de promover instalación de mangas para verificar la dirección e intensidad de los vientos. Una excepción a contemplar, seguramente, podrá ser la eventualidad de aplicaciones aéreas controladas y seguras en la zona urbana, como es el caso del combate contra los vectores, p.ej., del dengue.
2) Decisión de mantener la prohibición absoluta de aplicaciones en sólo los 200 metros actuales desde el límite periurbano(perímetro catastral que se modificaría acorde con nuevas urbanizaciones) .- Desde nuestro punto de vista, sostenemos el criterio de que el área protegida debiera ser de 800 metrosdesde la línea de finalización del ejido urbano. Esta posición se fundamenta en estudios y en precedentes como los siguientes: jurisprudencia a partir del conocido como “fallo de San Jorge” (...), cuando familias del barrio periurbano Urquiza intuyeron un vínculo causal entre graves dolencias registradas y las repetidas fumigaciones próximas a sus viviendas (...). El 9/12/09, la Cámara Civil y Comercial Nº 2 de la ciudad de Santa Fe dispuso confirmar y avalar esa decisión del juez Dr. Martínez que había prohibido aplicaciones terrestres a una distancia no menor de 800 metros y las aéreas, a no menos de 1.500 metros del límite del barrio Urquiza (...)”. De esta manera, y como nunca antes en el caso de agroquímicos, se invirtió la carga de la prueba. Es decir, no se exigió a los vecinos afectados que “probaran” los efectos malsanos de esos productos, sino que se trasladó al Estado la obligación de demostrar la supuesta inocuidad de los agroquímicos. Agreguemos que el solicitado estudio del Ministerio de Salud provincial brindó luego su informe, que confirmó un marcado mejoramiento de la salud tras el semestre de prohibición de aplicaciones (...).
Desde la coalición “Paren de Fumigarnos” se ha entendido que no se trataba de un problema exclusivo de esa localidad, y que podía hacerse extensivo a una gran parte de nuestro territorio. En consecuencia se ha solicitado al Gobierno provincial “que dicha sentencia se adopte como una medida precautoria y de emergencia ambiental para toda la provincia” .
3) Supresión de productos “sumamente peligrosos”: el nuevo proyecto de Ordenanza prohibiría productos “de Banda Roja” ,-Aplaudimos también esta propuesta, que en atención a su elevada toxicidad suprime el uso de agroquímicos de las clases Ia y Ib. Al considerar también la ampliación propuesta de la “zona de exclusión” de aplicaciones, conviene tener en cuenta que la clasificación toxicológica vigente está sumamente cuestionada, debido sobre todo a que: a) la metodología que aplica el SENASA se basa en la empleada por la OMS (Organización Mundial de la Salud), que expresamente aclara que no garantiza la misma y que debe tomarse sólo como guía complementaria y b) esta clasificación, infortunadamente, sólo mide la toxicidad letal y aguda, tomando en cuenta para ello la “Dosis Letal 50” (DL50), definida por la cantidad del agroquímico que mate en un lapso determinado y breve al 50% de un grupo de animales de laboratorio. De ese modo, no mide ni tiene en cuenta las afecciones sub-agudas y crónicas que a mediano o largo plazo surgen de la exposición frecuente, y aún a pequeñas dosis, a lo largo de un tiempo más o menos prolongado.- c): como lo hemos recordado a veces en debates públicos, tampoco se tiene en cuenta que los principios activos - por ejemplo el glifosato y los poderosos 2,4-D y glufosinato de amonio, etc, para mencionar únicamente herbicidas -, nunca se utilizan aislados, sino en formulaciones comerciales donde se mezclan con diversos aditivos y coadyuvantes que en conjunto aumentan y potencian su efecto deletéreo.
Por esa razón además las entidades ambientalistas – y numerosos científicos independientes – estamos solicitando el urgente cambio de la metodología empleada y la recategorización de todos los agroquímicos, de acuerdo con lo ya dispuesto por la Resolución Nº l47/10 del Defensor del Pueblo de la Nación. En otro orden, la futura normativa rafaelina deberá estar atenta a la necesidad de futuras modificaciones en razón de la incesante aparición de “novedades”: recordemos que tampoco el sistema actual de regulación y aprobación de los nuevos organismos genéticamente modificados (OGM), o “transgénicos” garantiza del todo hoy una debida evaluación ambiental. Un nuevo cultivar de soja, de inminente aprobación ministerial, es tolerante a una combinación de ¡tres! poderosos herbicidas, por lo cual habrá que implementar controles y seguimientos responsables para evitar que los impactos ambientales se tornen devastadores. En tal sentido, coincidimos plenamente con los sistemas de control propuestos, con participación de funcionarios municipales bajo la responsabilidad de profesionales agronómicos eventualmente contratados a ese efecto. Si no estuviese ya previsto, será importante reforzar también un “órgano técnico” municipal de aplicación de esa Ordenanza y, para el futuro, la posible creación además de una “comisión permanente” (municipal, aunque de conformación mixta) de seguimiento sobre utilización de agroquímicos.
4) Otra agricultura es posible. Sería además deseable y positivo que en el proyecto en debate se agreguen medidas de estímulo, fomento y capacitación sobre sistemas simples de producción agroecológica. Debe tenerse en cuenta que las “zonas de exclusión” de la línea agronómica no necesariamente permanecerán improductivas: hay otras formas de agricultura y horticultura alternativas – orgánicas, familiares, por lo tanto más benévolas con el medio ambiente y, de ese modo, más convenientes y rentables a largo plazo, Y más afines a las condiciones ideales de producción local, distribución y aun autoabastecimiento de alimentos sanos. En la necesaria y gradual reconversión productiva de la zona hay una etapa de transición cuyos costos podrían ser compensados, tal vez, por incentivos en la faz tributaria, disminuyendo porcentualmente su tasa general de inmueble rural al productor a manera de estímulo. Los beneficios luego los disfrutaremos todos".

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